Derechos Humanos

Ley de Cupo Trans Travesti: aprobaron una ley necesaria y pasa al Senado

Con 207  votos a favor, 11 en contra y 7 abstenciones el proyecto establece la incorporación del 1% del personal en el sector público y promueve incentivos para el sector privado.

En la madrugada de este viernes, pasada la 1 de la mañana, la Cámara de Diputados de la Nación aprobó la Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero, conocida como la Ley “Diana Sacayán-Lohana Berkins”.

La iniciativa obtuvo el apoyo casi unánime de legisladores de diferentes sectores, con 207  votos a favor, 11 en contra y 7 abstenciones, y a partir de los resultados de esta votación será el turno del Senado.

El debate comenzó con las palabras de la presidenta de la Comisión de Mujeres y Diversidad, Mónica Macha (FdT) quien señaló que esta medida “viene a reconocer algo negado, viene a que una población excluida tome lo que es suyo y que nunca debió haber sido arrebatado”. Y dio cifras la realidad de este colectivo: “El 80% de la comunidad está en prostitución. El 95% de la comunidad no tiene empleo formal. El 90% sufre violencia por motivo de género. Y la expectativa promedio de esta comunidad es de 40 años”.

“Este es un proceso de reparación que tiene detrás la enorme voluntad política de la liga LGTBIQ+, un enorme trabajo de consenso y unidad para saldar un deuda histórica del Estado y la ciudadanía con el colectivo trans y travesti”, dijo Gabriela Estévez diputada por Córdoba.

Por su parte, el diputado Pablo Carro señaló en sus redes sociales que «el Cupo Laboral Travesti Trans tiene media sanción. Un primer paso para responder a esta demanda histórica y dejar atrás las desigualdades e injusticias que reciben las personas travestís y trans. Elles tienen el derecho a proyectar una vida digna y con igualdad de oportunidades».

El proyecto establece la incorporación del 1% del personal en el sector público y promueve incentivos para el sector privado y tiene el objetivo de “establecer medidas de acción positiva orientadas a lograr la efectiva inclusión laboral de las personas travestis, transexuales y transgénero, con el fin de promover la igualdad real de oportunidades en todo el territorio de la República Argentina”.

También establece que “el Estado Nacional, comprendiendo los tres poderes que lo integran, los Ministerios Públicos, los organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas y sociedades del Estado, deben ocupar en una proporción no inferior al 1% de la totalidad de su personal con personas travestis, transexuales y transgénero, en todas las modalidades de contratación regular vigentes”.

La iniciativa indica que los organismos tendrán que poner “reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente por personas travestis, transexuales o transgénero” y “asimismo, reservar las vacantes que se produzcan en los puestos correspondientes a los agentes que hayan ingresado” bajo el régimen de esta ley. No obstante, aclara que el cumplimiento de la norma “en ningún caso debe implicar el cese de las relaciones laborales existentes al momento de su sanción”.